Como Utilizar Mis Cuentas Para Actividad Empresarial?
Juanfrancisco Agüero
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Lleva tu contabilidad a través de Mis Cuentas. Si te encuentras en el Régimen de Actividad Empresarial, tienes la opción de llevar tu contabilidad a través de Mis Cuentas si tus ingresos no rebasan de dos millones de pesos al año.
¿Cómo se llevar la contabilidad de una persona física con actividad empresarial?
Si eres profesionista conoce como debes de llevar tu contabilidad – Llevar tu contabilidad es sencillo. Si tus ingresos en el año anterior no excedieron de dos millones de pesos, puedes llevar tu contabilidad, en el programa Mis Cuentas donde registras tus ingresos, gastos e inversiones. Para ingresar al programa solo requieres tu RFC y Contraseña.
¿Quién puede facturar en mis cuentas 2022?
Pasos para su uso –
- Ingresa al apartado Mis cuentas, Factura fácil, Generar factura.
- Captura tu RFC y Contraseña o tu e.firma.
- Ingresa la información requerida.
- Genera el comprobante fiscal.
- Imprime, descarga o envía tu factura.
En el apartado Factura fácil de Mis cuentas también puedes consultar, recuperar y cancelar tus facturas, Además, puedes conocer la herramienta a través del Simulador, para ello requieres contar con RFC y Contraseña. Para la emisión de facturas globales por operaciones realizadas con el público en general, utiliza el RFC genérico XAXX010101000, para mayor información consulta la Guía de llenado de la factura global disponible en el Portal de SAT.
Recuerda que, a partir de 2022, los contribuyentes de los regímenes de Incorporación Fiscal, Actividad Empresarial, Actividades Empresariales con ingresos a través de Plataformas Tecnológicas, Honorarios (Servicios profesionales) y Arrendamiento podrán continuar expidiendo sus facturas en Factura fácil haciendo uso de la facilidad de sellar el CFDI sin la necesidad de contar con el certificado de e.firma o de un CSD, siempre y cuando hayan hecho uso del aplicativo de facturación antes del 2022.
Los contribuyentes personas físicas del Régimen Simplificado de Confianza, podrán expedir sus facturas a través de Factura fácil haciendo uso de la citada facilidad, hasta el 31 de diciembre de 2022. Recuerda que los contribuyentes obligados a expedir facturas podrán optar por emitirlos en su versión 3.3 durante todo el ejercicio 2022, periodo de convivencia con la versión 4.0, por lo que, a partir del 1 de enero de 2023 la única versión válida del CFDI será la 4.0.
¿Por qué no puedo facturar en mis cuentas?
¿Por qué no puedo facturar en el SAT? – Hay diversas razones por las cuales pueden surgir como inconvenientes al momento de querer facturar, por ejemplo:
No cumples con tus obligaciones. Si es que no llegas a cumplir con tus obligaciones fiscales, por ejemplo, con tus declaraciones correspondientes al régimen fiscal, le estarás dando razones al SAT para que te multen pero además, hay consecuencias aún más graves como la suspensión de tu Certificado de Sello Digital (CSD). Esto sucede cuando el SAT identifica que no se presentaron más de 3 declaraciones periódicas consecutivas o seis no consecutivas. Facturación ilegal. El SAT tiene como mejor aliado los avances en las herramientas tecnológicas que le facilita identificar la existencia de irregularidades en el timbrado de CFDIs. Si es el caso que las autoridades fiscales detectan facturación de actividades ilícitas, tu uso de CFDIs quedará inhabilitado, sin mencionar las consecuencias del orden penal. Expedición de facturas de donativos deducibles sin autorización, Solo se le permite recibir donativos a los entes como la federación, los estados, los municipios y las donatarias autorizadas, que pueden ser sociedades o asociaciones civiles o instituciones de asistencia, pero siempre y cuando la autoridad les haya otorgado esa facultad. Por lo que si eres dueño de una fundación y deseas emitir facturas deducibles, tienes que contar con la autorización pues de lo contrario, puedes tener consecuencias graves como la cancelación de tu CSD. Indicar un domicilio fiscal falso o no actualizado. Es importante tener actualizado tu domicilio fiscal por lo que si surgen cambios, tienes la obligación de notificar al SAT, pues como sabes, se realizan inspecciones aleatorias y si encuentran que el domicilio fiscal el contribuyente no coincide, procederán a reportarlo como no localizado y el certificado será cancelado. Fallas técnicas en el sistema del SAT. Muchas veces no es de gran preocupación no poder acceder al sistema, muchas veces y más en esta situación de pandemia, es probable que surjan diversas fallas e inconsistencias técnicas, las cuales ya han sido reportadas en los últimos días por múltiples usuarios de internet.
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¿Qué regimen puede facturas en mis cuentas?
Información adicional – Si perteneces al Régimen de Incorporación Fiscal puedes generar tu factura a través de Mis Cuentas, sólo necesitas tu contraseña. Existen varias modalidades para generar tus facturas:
- A través de la aplicación gratutita del SAT.
- Por medio de la aplicación gratuita de algún proveedor de certificación.
- Contratando el servicio de un proveedor de certificación.
- A través de Mis Cuentas.
¿Cuánto se cobra por llevar la contabilidad de una persona física con actividad empresarial?
Precio Fijo – Como mencionamos al principio del artículo, algunos contadores ya tienen TARIFAS fijas para cobrar por sus distintos servicios; sin importar que el contribuyente salga con saldo a favor o en contra. Por ello, los contadores podrían cobrar, por declaración anual para personas físicas, un MONTO que va de los 500 hasta los 1,500 pesos mexicanos.
¿Quién puede usar mis cuentas?
Los contribuyentes deben informarle al SAT que utilizarán dicho aplicativo Miércoles, 3 de febrero de 2021 Entre las obligaciones de los pagadores de impuestos, está la de llevar la contabilidad electrónica por las operaciones que realicen y, en algunos casos, enviar la información de manera mensual a través del portal del SAT.
LEE: REQUERIMIENTO DE LA INTEGRACIÓN DE LA CONTABILIDAD En ejercicios anteriores, el SAT mediante la RMISC, otorgó ciertas facilidades a los contribuyentes para liberarlos del envío de la contabilidad, tal es el caso de los que tributan al amparo del Régimen de Incorporación Fiscal y las asociaciones religiosas, y algunos contribuyentes de actividad empresarial y profesional ubicadas en los supuestos de captura de sus ingresos y gastos no amparados con comprobantes fiscales, a través del aplicativo “Mis Cuentas”.
Ahora, con la publicación en el DOF el 29 de diciembre 2020 de la RMISC 2021, en la regla 2.8.1.17., se establece que los únicos sujetos que pueden optar por el uso del aplicativo “Mis Cuentas” son las personas físicas que realicen actividades del sector primario y las asociaciones religiosas y, con ello quedan relevadas del envío de la contabilidad.
¿Qué pasa si no entrego mi constancia de situacion fiscal?
¿Pueden retener mi salario si no entrego mi constancia? – Muchos se han preguntado qué pasa si no la obtienen y genera dudas sobre si serán acreedores de alguna multa o sanción por parte del Servicio de Administración Tributaria ( SAT ) o si le van a dejar de pagar su salario.
La respuesta es que no hay sustento legal para que los patrones no paguen el salario a los empleados en caso de no contar con la Constancia, ni tampoco existe ninguna multa o sanción para los trabajadores, porque es un requisito que sirve para cumplir con un trámite administrativo para el correcto timbrado de la nómina.
Por lo tanto, la respuesta es: No, tu empleador no puede ni debe retener tu salario en caso de no entregar tu constancia de situación fiscal, El SAT informa que la emisión de la factura de nómina es independiente a la obligación laboral que tienen los empleadores de pagar sueldos y salarios a sus trabajadores, por lo que no entregar la constancia no es motivo de retención de pago, ni mucho menos de despido.
¿Qué pasa si no hice mi factura global 2022?
Prevención de Multas del SAT por facturación errónea A la par de otros importantes cambios fiscales para 2022 implementados por la autoridad tributaria, a partir de este año los contribuyentes pueden esperar la aplicación de multas del SAT por una incorrecta emisión de sus facturas o por realizar cancelaciones pasado el tiempo límite.
¿Por qué no puedo facturar en 40?
Quienes no emitan el CFDI 4.0 no podrán continuar facturando. Si aún no lo emites, aquí podrás conocer cómo hacerlo. Obligatoria a partir del 1 de enero de 2023, la facturación 4.0 es un nuevo esquema de emisión de comprobantes fiscales y reglas de cancelación de facturas.
¿Cuánto se cobra por emitir una factura?
Entonces, ¿cómo calculo el dinero que recibiré por cada transacción con tarjeta? – Esto depende de la comisión establecida por la empresa o institución financiera donde contrataste el servicio, más el porcentaje de IVA. Te ponemos como ejemplo las comisiones de Clip: La comisión por cada transacción es de 3.6% más IVA (el IVA se aplica a la comisión). Algunas empresas tienen una calculadora de comisiones en su página web para facilitar esta tarea. Recuerda que cada transacción que realices con tu terminal Clip, no importa si es una tarjeta de crédito, débito, vales, nacional, extranjera, de un banco virtual, Visa, Mastercard o American Express, siempre se aplicará una comisión de 3.6% + IVA sobre el monto que estés cobrando.
¿Qué pasa si me facturan con otro regimen?
¿Facturas mal emitidas? ¡Hay multa! – El SAT estableció una multa de 400 a 600 pesos a las personas que en 2022 emitan facturas sin los datos complementarios. Si un Comprobante Fiscal Digital (CFDI) se cancela fuera de tiempo, el SAT tiene una multa del 5 al 10 por ciento del monto de cada factura.
¿Quién puede utilizar mis cuentas en el SAT?
Los contribuyentes deben informarle al SAT que utilizarán dicho aplicativo Miércoles, 3 de febrero de 2021 Entre las obligaciones de los pagadores de impuestos, está la de llevar la contabilidad electrónica por las operaciones que realicen y, en algunos casos, enviar la información de manera mensual a través del portal del SAT.
LEE: REQUERIMIENTO DE LA INTEGRACIÓN DE LA CONTABILIDAD En ejercicios anteriores, el SAT mediante la RMISC, otorgó ciertas facilidades a los contribuyentes para liberarlos del envío de la contabilidad, tal es el caso de los que tributan al amparo del Régimen de Incorporación Fiscal y las asociaciones religiosas, y algunos contribuyentes de actividad empresarial y profesional ubicadas en los supuestos de captura de sus ingresos y gastos no amparados con comprobantes fiscales, a través del aplicativo “Mis Cuentas”.
Ahora, con la publicación en el DOF el 29 de diciembre 2020 de la RMISC 2021, en la regla 2.8.1.17., se establece que los únicos sujetos que pueden optar por el uso del aplicativo “Mis Cuentas” son las personas físicas que realicen actividades del sector primario y las asociaciones religiosas y, con ello quedan relevadas del envío de la contabilidad.
¿Cómo puedo saber si tengo saldo a favor en el SAT?
Ingresa al Portal del SAT ww. sat.gob.mx /Devoluciones y Compensaciones/Seguimiento de trámites y requerimientos, después de autenticarte con e. firma o contraseña, selecciona la consulta ‘Requerida’, selecciona ‘Motivos de inconsistencia’, en seguida se mostrarán las inconsistencias de la devolución automática.